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Viaje de menores

Permiso de salida de Colombia para menores

Guía práctica · 9 min de lectura · 29 de julio de 2026

Globo terráqueo y documentos sobre un escritorio, representando trámites internacionales
Imagen ilustrativa; no representa un documento oficial.

Cuando un menor sale de Colombia sin uno o ambos padres, la autorización de viaje debe prepararse con cuidado: un error de forma —una fecha ambigua, un nombre que no coincide con el pasaporte, un permiso firmado antes de tiempo— puede impedir el embarque el mismo día del vuelo. La ruta para obtener el permiso cambia según si el padre o la madre que está en Estados Unidos firma ante un consulado colombiano o ante un notario estadounidense, y cada vía tiene su propia lógica.

¿Cuándo se necesita el permiso?

La autorización se exige, según el caso, a menores colombianos, a menores extranjeros con visa de residente en Colombia y a menores venezolanos con Permiso por Protección Temporal (PPT). La regla general es sencilla: si viaja solo uno de los padres con el menor, debe autorizar quien no viaja; si el menor viaja solo, acompañado por un tercero, o con ambos padres divorciados o separados, deben autorizar las personas correspondientes según su situación de patria potestad. Confirme siempre con la aerolínea y con Migración Colombia si su caso particular encaja en alguna excepción, porque las circunstancias familiares —adopción, tutela, fallecimiento de un padre— pueden cambiar qué autorización se necesita.

Información que debe contener el permiso

  • Nombre completo e identificación del menor y de la persona que autoriza.
  • País o lugar de destino, indicado con precisión.
  • Propósito del viaje (turismo, visita familiar, estudio, etc.).
  • Fecha exacta de salida y fecha exacta de regreso a Colombia.
  • Nombre e identificación completa de la persona acompañante.

Omitir cualquiera de estos datos, o dejarlos vagos ("varios destinos", "fecha por confirmar"), es una de las causas más comunes de que el permiso sea devuelto para corrección.

Opción 1: firmar ante un consulado colombiano

El padre o la madre que está en Estados Unidos puede acudir a un consulado de Colombia para realizar el reconocimiento de firma del permiso. La oficina consular generalmente solicita la información completa del viaje, una copia del registro civil de nacimiento del menor y el documento de identificación vigente de quien otorga la autorización. La ventaja práctica de esta vía es que evita tener que apostillar en Estados Unidos el permiso reconocido por el consulado, porque el consulado colombiano ya actúa como autoridad colombiana al certificar la firma. Como cada consulado puede pedir cita con distinta anticipación y tener requisitos ligeramente distintos, confirme el procedimiento exacto con la oficina que corresponde a su jurisdicción antes de agendar el viaje del menor.

Opción 2: notario estadounidense y apostilla estatal

Cuando no sea posible acudir a un consulado —por distancia, disponibilidad de citas o urgencia del viaje—, Migración Colombia indica que el permiso debe estar redactado en español, firmarse ante un notario público comisionado en Estados Unidos, apostillarse en el estado donde ese notario está comisionado, y presentarse siempre en original en el control migratorio, nunca en fotocopia. Antes de firmar, revise que el certificado notarial esté completo (firma, sello, fecha y datos del notario) y que los nombres, apellidos y números de identificación coincidan exactamente con el registro civil de nacimiento del menor y con su pasaporte; una diferencia de ortografía entre documentos puede generar preguntas adicionales en el punto de control.

Documentos que suele pedir el control de salida

  • Pasaporte o documento de viaje válido del menor.
  • Visa del país de destino, cuando corresponda.
  • Copia física o imagen legible del registro civil de nacimiento del menor.
  • El permiso correctamente firmado, autenticado (consular o notarial-apostillado) y en original.
  • Identificación de la persona acompañante coincidente con la indicada en el permiso.

¿Tener la custodia reemplaza el permiso del otro padre?

Por regla general, no. La custodia (tenencia física del menor) no equivale a la pérdida de la patria potestad del otro progenitor, y la patria potestad es lo que normalmente determina quién debe autorizar la salida del país. Existen excepciones documentadas —por ejemplo, decisiones judiciales que específicamente autorizan la salida sin necesidad del consentimiento del otro padre, o ciertos casos de residencia habitual del menor fuera de Colombia— pero deben demostrarse ante la autoridad con el documento judicial correspondiente, no darse por sentadas.

Si el otro padre no aparece o se niega a autorizar

Esta situación no se resuelve con una declaración unilateral del padre que sí está presente. Según el caso, puede ser necesario que intervenga el Defensor de Familia del ICBF o un juez de familia para resolver el desacuerdo o suplir el consentimiento. Los casos de desacuerdo entre padres, paradero desconocido del otro progenitor, disputas sobre patria potestad o riesgo de sustracción internacional de menores requieren revisión de la autoridad competente y no deben tratarse como un simple trámite administrativo.

Errores frecuentes que retrasan o impiden el viaje

  • Firmar el permiso antes de la cita consular cuando debía firmarse en presencia del funcionario.
  • Dejar la fecha de regreso abierta o poco clara.
  • Apostillar en un estado distinto al de la comisión del notario.
  • Presentar una fotocopia del permiso en lugar del original.
  • No verificar que el nombre del menor coincida exactamente entre el pasaporte, el registro civil y el permiso.
  • Asumir que la custodia sustituye la autorización del otro padre sin confirmarlo primero.

Preguntas frecuentes

¿El permiso apostillado debe viajar en original?+
Sí. Cuando el permiso se firmó ante un notario en el exterior, Migración Colombia exige presentar el permiso apostillado en su versión original, no una copia o escaneo.
¿Puede dejarse abierta la fecha de regreso?+
No es recomendable. El permiso debe indicar expresamente la fecha de salida y de regreso, el destino, el propósito del viaje y los datos completos del acompañante.
¿Una copia del registro civil es suficiente?+
La guía vigente acepta una copia física o una imagen legible del registro civil de nacimiento; verifique que todos los datos puedan leerse claramente antes de presentarla.
¿Debo revisar también los requisitos de la aerolínea?+
Sí. Además de los requisitos de Colombia, confirme por separado los requisitos de la aerolínea y del país de destino, ya que pueden diferir de los exigidos por Migración Colombia.
¿El permiso vence en algún momento?+
El permiso está ligado a las fechas específicas de salida y regreso que indica; no es un documento de vigencia genérica reutilizable para otros viajes con fechas distintas.
¿Qué pasa si el menor tiene doble nacionalidad?+
Las reglas de salida de Colombia aplican con base en su condición migratoria y documentos colombianos; sin embargo, revise también si el otro país de nacionalidad o el país de destino tiene requisitos adicionales para menores que viajan sin ambos padres.
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